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NOTARIAL

PARTE GENERAL:

      Las personas que soliciten cualquier acto notarial deben poseer un documento de identidad en curso de validez y, en el caso de que no sepan o no puedan firmar, deben ser acompañadas por dos testigos mayores de edad, que no sean parientes. Los menores de 18 años y los incapaces no pueden otorgar actas notariales si no es a través de tutor legalmente reconocido.

      Todos los poderes expedidos por el Consulado General tienen validez sólo en Italia, excepto aquellos otorgados para poder cobrar las jubilaciones italianas en Argentina.

DOCUMENTOS NECESARIOS PARA LA EXPEDICION DE UN ACTO NOTARIAL

1.      Poder general: fotocopia del documento del mandatario, generalidades exactas del apoderado: nombre y apellidos completos, lugar y fecha de nacimiento, domicilio y el número del código fiscal italiano.

2.      Poder especial ad hoc: los mismos documentos citados en el punto (1). Se aconseja presentar un borrador del acta notarial donde consten los datos exactos del apoderado, el objeto preciso del poder (venta, liquidación de sucesión, etc.); en el caso de un inmueble los datos catastrales a fin de que se pueda identificar exactamente el inmueble; todas las facultades que se deseen conceder de modo que no sea anulada por indicaciones erróneas o falta de poderes.

Poder especial para litigios: Para juicios civiles en Italia. Vale sólo para una acción determinada. Para varias acciones tiene que emitirse un poder general para litigios. Es necesario especificar el juicio y las generalidades y el domicilio del estudio jurídico del abogado que representará y defenderá al interesado.

Poder especial para vender bienes: Los datos catastrales del inmueble que se vende; en el caso de automóvil, la marca, modelo, chapa patente, número de chassis, número de motor, etc.).

Poder especial para liquidar sucesión: Puede ser emitida con o sin facultad de vender los bienes que integran la masa hereditaria. Especificar el nombre, apellido, fecha y lugar de nacimiento y de defunción de la persona que era titular de los bienes que conforman la sucesión.

Poder especial para aceptar donación: Además de los datos del mandatario y del apoderado y los datos catastrales de la propiedad objeto de la donación, es necesario brindar los datos del donante y estar acompañados por 2 testigos. Para poderes especiales, legalizaciones de firmas en declaraciones juradas, etc. solicitar informaciones en la Oficina notarial de este Consulado General.

3.      Révoca de poder (general o especial): copia del poder a revocar; si fue otorgado en este Consulado General, indicar la fecha y el número.

4.      Autorizaciones para cobrar jubilación, legalizaciones de firmas en declaraciones para jubilaciones: gratuitas. Dirigirse a la Oficina Jubilaciones de este Consulado General.

5.      Poderes expedidos por notarios argentinos: los ciudadanos argentinos pueden dirigirse a notarios argentinos para solicitar actos similares a los indicados anteriormente. Para que tengan validez en Italia deben contener la indicación de las generalidades completas del mandatario y del apoderado (nombre y apellido, lugar y fecha de nacimiento (indicando ciudad y provincia) y el domicilio.

Después de que el Notario la entregue, el poder deberá seguir el siguiente iter:

·         legalización con “Apostille” del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto en Buenos Aires.

·         Traducción en italiano (ver lista de traductores).

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