JUBILACIONES
Las solicitudes de jubilaciones del INPS (directas,
de viudez, de invalidez, de incapacidad, de vejez, cuotas de jubilaciones
no cobradas) normalmente las tratan los Patronatos italianos de asistencia
abajo indicados, según D.L.C.P.S. 29 de Julio de 1947 n. 804.
A.C.L.I.
Caseros 344, 1° Piso, CentroTeléfono: 4251206
(de horas 8,00 a horas 14,00)
I.N.C.A.
Bolívar 55, CentroTeléfono: 4243367
(de horas 8,00 a las horas 14,00, menos los martes)
El Consulado
General trata directamente los expedientes de jubilación del Ministerio
del Tesoro (jubilaciones directas, de viudez, recursos, cuotas de jubilaciones
no cobradas).
Este
Consulado General brinda todas las informaciones necesarias para conocer
el estado de los expedientes de jubilación, así como todo lo referente
a la documentación necesaria para la presentación de la solicitud de
dichas jubilaciones del INPS.
DOCUMENTOS
QUE DEBEN PRESENTARSE AL CONSULADO GENERAL PARA INICIAR UNA SOLICITUD
DE JUBILACION DEL MINISTERIO DEL TESORO:
·
Idóneo certificado médico donde
conste la enfermedad o la incapacidad contraída durante la guerra o
por causa de la guerra, que dé derecho al resarcimiento
·
Certificado de nacimiento del
solicitante
·
Certificado de matrimonio:
a)
copia simple si fue celebrado
en Italia
b)
traducido y transcripto en
la Comuna de origen, si fue celebrado en el exterior
·
Certificado de defunción (traducido
y transcripto en la Comuna de origen si el deceso ocurrió en el exterior).