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JUBILACIONES

     Las solicitudes de jubilaciones del INPS (directas, de viudez, de invalidez, de incapacidad, de vejez, cuotas de jubilaciones no cobradas) normalmente las tratan los Patronatos italianos de asistencia abajo indicados, según D.L.C.P.S. 29 de Julio de 1947 n. 804.

A.C.L.I.
Caseros 344, 1° Piso, Centro
Teléfono: 4251206
(de horas 8,00 a horas 14,00)

I.N.C.A.                
Bolívar 55, Centro
Teléfono: 4243367
(de horas 8,00 a las horas 14,00, menos los martes)

El Consulado General trata directamente los expedientes de jubilación del Ministerio del Tesoro (jubilaciones directas, de viudez, recursos, cuotas de jubilaciones no cobradas).

  Este Consulado General brinda todas las informaciones necesarias para conocer el estado de los expedientes de jubilación, así como todo lo referente a la documentación necesaria para la presentación de la solicitud de dichas jubilaciones del INPS.

DOCUMENTOS QUE DEBEN PRESENTARSE AL CONSULADO GENERAL PARA INICIAR UNA SOLICITUD DE JUBILACION DEL MINISTERIO DEL TESORO:

·         Idóneo certificado médico donde conste la enfermedad o la incapacidad contraída durante la guerra o por causa de la guerra, que dé derecho al resarcimiento

·         Certificado de nacimiento del solicitante

·         Certificado de matrimonio:

a)      copia simple si fue celebrado en Italia

b)      traducido y transcripto en la Comuna de origen, si fue celebrado en el exterior

·         Certificado de defunción (traducido y transcripto en la Comuna de origen si el deceso ocurrió en el exterior).

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